Más restricciones para frenar el dólar e incentivar la liquidación de divisas

A través de la Comisión Nacional de Valores (CNV) limitó la operación de compra de dólar financiero para empresas extranjeras.

Luego de que el precio del dólar subiera 20% en el mercado libre de cambio en una semana y terminara el martes en $ 1.010, el gobierno volvió a tomar este miércoles una serie de medidas tendientes a, por un lado, ampliar la oferta de divisas, y por el otro, restringir su compra.

Por el lado de la demanda, a  través de la Resolución General 981 publicada en el Boletín Oficial se estableció un cupo máximo para la compra de dólares de $100 millones por operación y la obligación de informar cinco días antes de realizar cualquier transacción.

En los considerandos de la resolución se sostiene que el Gobierno “estableció un conjunto de disposiciones con la finalidad de regular con mayor intensidad el régimen de cambios y, consecuentemente, fortalecer el normal funcionamiento de la economía, contribuir a una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre el normal funcionamiento de la economía real”.

De esta manera se limita a $100 millones diarios la operación de clientes extranjeros y para clientes con CUIT que operen a cuenta de terceros. Además ALYCs deberán informar a CNV cuando una empresa con fondos propios opera más de $200 millones diarios.

Los inversores locales –que poseen CUIT- y operen por cuenta propia y con fondos propios, podrán hacerlo sin límite, pero deberán avisar con cinco días hábiles de anticipación si el monto es mayor a $ 200 millones diarios. “Esta información, con carácter de Declaración Jurada, debe ser remitida por los intermediarios (sociedades de bolsa) a la CNV”, informaron fuentes del Palacio de Hacienda.

Por el lado de la oferta quienes tienen carteras propias podrán saltar los plazos de permanencia de cinco días para operar en el Contado Con Liquidación o el Dólar MEP, cuando concerten operaciones de venta con liquidación en moneda extranjera (dólares) en ruedas de negociación bilateral y posteriormente apliquen esa moneda extranjera a la compra de activos y su posterior venta en pesos.

En tanto, este miércoles se publicó en el Boletín Oficial que se incluye a la cebada, el girasol, el sorgo, el vino, el tabaco y los cueros al Programa de Inventivo de Exportaciones (PIE) que le permite liquidar el 75% de las divisas al tipo de cambio oficial, mientras que el 25% restante pueden usar cualquier otro dólar legal; por ejemplo, el Contado Con Liquidación (CCL) que el martes cerró a $ 960.

 

 

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