El Tribunal rechazó la apelación realizada por AFIP y en consecuencia quedó firme la medida cautelar presentada por la tabacalera. Discuten el procedimiento para la determinación de los impuestos a pagar por los productos del tabaco y piden un mercado más justo para las Pymes.


No son nuevos los argumentos y los requerimientos que vienen haciendo desde la Cámara Argentina Nacional de Empresas Tabacaleras (CANET) y particularmente desde Bronway S.A, que forma parte de dicha entidad, sobre la necesidad de poder seguir trabajando y de gozar de las mismas condiciones que otras empresas tabacaleras del país.
“AFIP había apelado el fallo de la cautelar y la Cámara Federal de Rosario la rechazó, en consecuencia quedó firme la cautelar con la contracautela de 90 millones”, explicó Darío Ippolito presidente de Bronway Technology a INFOROSARIO. Además informó que “pusimos un seguro de caución por los 90 millones en AFIP y estamos esperando que lo carguen en el sistema. Es una cautelar por 90 días y calculamos que se podrá renovar, estamos contentos porque el personal pudo volver a trabajar y la empresa tener su curso normal”.

De acuerdo a la resolución, la Cámara Federal dispuso en virtud del recurso extraordinario interpuesto por la Administración Nacional de Ingresos Públicos: “Rechazar la apelación interpuesta por la actora […] y autorizar a Bronway S.A a autodeterminar el tributo conforme artículos 13 y 14 de la ley 26.674 y 11 de la ley 11.683 por un plazo de tres meses, con la prestación de la contracautela cuyo monto y modalidad será fijada por la jueza de primera instancia”.
De esta manera y luego de 46 días de paralización, la empresa en la cual trabajan 200 empleados, pudo volver a funcionar: “Hoy está el 80 por ciento de la producción”, remarcó su presidente y al mismo tiempo destacó: “No queremos ningún fallo exclusivo para nosotros, queremos los mismos fallos y mismas resoluciones que hubo en Buenos Aires, es decir, que ocurra lo mismo acá y que nos dejen trabajar. La Cámara Federal entendió que era necesario poder trabajar. Queremos igualdad ante la ley en todas las provincias, no buscamos más que eso”.
Por otro lado, Ippolito subrayó que AFIP no publicó aún la información: “Me llama la atención que la cautelar está firme hace dos días y que AFIP no la levante en el sistema, no queremos pensar que haya algún tipo de ensañamiento contra nosotros. Se trata de un fallo de una Cámara Federal por eso me llama la atención. AFIP parece que trabaja nomás para la tabacalera Sarandí y a las demás nos hace todo más difícil. Al no cargar el fallo judicial a nosotros no nos dejan pagar, sino tendremos que presentar una denuncia”.
El titular de Bronway sintetizó luego de la decisión judicial: “Estamos contentos por haber vuelto al trabajo y de darle la tranquilidad a las familias”.
Por su parte, consultado también por INFOROSARIO, Omar Negri presidente de CANET, la Cámara que nuclea a cuatro empresas del sector, manifestó que la decisión del Tribunal “es un respiro, un alivio para continuar trabajando, es un paso más de las PyMES nacionales en la búsqueda de igualdad, equidad y de un mercado más justo”.
Luego del rechazo a las apelaciones que había hecho AFIP, agregó: “Buscamos poder resolver el tema de fondo, que sería la revisión de la ley, que se corrija para que haya equidad en el mercado argentino del cigarrillo. La solución a esta situación es modificando la ley”.
El referente de la entidad concluyó: “Todos los que somos parte de CANET tenemos un mismo norte, que es buscar un mercado más justo que no vaya en detrimento de las PyMES y a favor de las grandes”.
El origen de las presentaciones de Bronway y de otras empresas se origina debido a la Ley 27.430 de Reforma Tributaria de 2017, por medio de la cual se sustituyeron las tasas de impuestos internos correspondientes a productos como cigarrillos, transformándose en un importe fijo actualizable por la inflación. Esta ley también introdujo la figura del impuesto mínimo para los cigarrillos como a otros productos de tabaco. La reforma fiscal fijó la alícuota de impuestos internos a los cigarrillos en 70%, con la potestad del Poder Ejecutivo de subirla hasta 75%. Luego, una resolución de la AFIP (5113/2021) impuso un aplicativo virtual que estableció el procedimiento para la determinación e ingreso de los impuestos internos y del adicional de emergencia a los cigarrillos. A raíz de dicho aplicativo, el impuesto mínimo excede el 70 por ciento que es lo que tributan otras empresas, avasallando el principio de igualdad y además superando el precio de venta de su producto. Por ese motivo, las Pymes piden un mercado justo. “Discutimos cómo se calcula el impuesto, porque tiene algo inconstitucional y hace que una PyME pague 200 o 300 por ciento cuando una empresa de primera línea paga el 70. Decimos que todos paguemos el mismo porcentaje”, dejaron en claro desde CANET.